Reglamento
Capitulo V. Del ingreso, permanencia y salida.
Artículo 10.
Toda persona puede ingresar a la Biblioteca y hacer uso de los servicios que ésta presta. Para ingresar a la Biblioteca es necesario identificarse, según cada uno de los siguientes casos:
a)Personal académico, administrativo y de confianza: presentar una identificación.
b) Estudiantes asociados al IIM: presentar credencial vigente que proporciona la Secretaría Técnica de Formación de Recursos Humanos.
c) Estudiantes del Posgrado en Ciencia e Ingeniería de Materiales: presentar credencial vigente que proporciona el Posgrado.
d) Usuarios externos y aquellos estudiantes asociados y del posgrado con credencial no vigente: presentar identificación oficial o credencial oficial vigente a cambio de un gafete de visitante.
Artículo 11.
Todos los usuarios deberán portar dentro de la Biblioteca en un porta gafete la credencial solicitada según el caso. Los usuarios de la Biblioteca que hayan obtenido un gafete para el ingreso deberán devolver el mismo al salir de la Biblioteca, para recuperar su identificación.
Artículo 12.
Todos los usuarios sin excepción deberán registrarse en la lista de control de acceso a la Biblioteca.
Artículo 13.
No se permite el ingreso de personas en aparente estado de embriaguez o bajo los efectos de fármacos o estupefacientes.
Artículo 14.
Los usuarios deberán dejar en la entrada de la Biblioteca sus maletas, mochilas, bolsos, paquetes, etc. La Biblioteca entregará al usuario una ficha que debe ser presentada posteriormente para reclamar sus objetos.
Artículo 15.
La pérdida o destrucción de la ficha ocasionará el cobro del valor de reposición de la misma. Los objetos correspondientes a la ficha extraviada o destruida, no serán entregados al usuario sino hasta que devuelva la ficha, pague el costo de su reposición y demuestre la propiedad de los objetos.
Artículo 16.
Por seguridad de las colecciones, al salir de la Biblioteca el usuario debe mostrar a la persona encargada de la revisión de salidas, los materiales que se lleve en préstamo.
Artículo 17.
Cuando los usuarios se retiren de la Biblioteca deben llevar consigo sus pertenencias. No se permite dejar objetos personales sobre las mesas, en el mostrador o guardados en la entrada, al retirarse.
Artículo 18.
En ningún caso, la Biblioteca está obligada a responder por objetos personales abandonados en la Biblioteca.